"Hay hombres que luchan un día y son buenos. Hay otros que luchan un año y son mejores. Hay quienes luchan muchos años, y son muy buenos. Pero los hay que luchan toda la vida: esos son los imprescindibles." Bertolt Brecht.

jueves, 25 de octubre de 2012

El Tribunal Constitucional anula el artículo del Código Civil que vincula la decisión del juez al informe favorable del fiscal.

Los jueces podrán otorgar la custodia compartida aunque se oponga el fiscal

El Tribunal Constitucional anula el artículo del Código Civil que vincula la decisión del juez al informe favorable del fiscal
Varios jueces y tribunales de España habían cuestionado que el informe fuera vinculante






La custodia compartida dejará de ser un régimen excepcional
Aragón abre la puerta legal de la custodia compartida en España
Padres de primera, padres de segunda

El Tribunal Constitucional va a hacer pública esta mañana una sentencia que pone patas arriba la legislación española en materia de separación y divorcio aprobada en 1995 con el Gobierno del PSOE. Los magistrados han acordado declarar inconstitucional el artículo 92.8 del Código Civil que impide al juez conceder la custodia compartida de los hijos en los procesos de separación y divorcio si no existe el informe favorable del ministerio fiscal.

La sentencia llega después de la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Audiencia de Las Palmas de Gran Canaria, a la que a lo largo de los últimos años se han sumado diversos juzgados y tribunales de España.

El Código Civil español prevé la custodia compartida de los hijos si existe acuerdo entre los padres cuando se divorcian o se separan. El artículo 92.8 ahora anulado dice que, si no existiera ese acuerdo, "excepcionalmente, el juez, a instancias de una de las partes, con informe favorable del ministerio fiscal, podrá acordar la guardia y custodia compartida fundamentándola en que solo de esta manera, se protege adecuadamente el interés superior del menor".

En una aplastante mayoría de las rupturas matrimoniales el fiscal informa en contra de la custodia compartida, por lo que aunque el juez considere que la mejor solución sería que los hijos siguieran viviendo con ambos progenitores de manera alterna, no lo puede acordar por ese impedimento legal. Para sortearlo, lo que han venido haciendo algunos jueces en sus sentencias es conceder un amplio régimen de visitas a los padres para mantener la convivencia con los hijos, aunque sin citar expresamente la expresión custodia compartida.

El artículo que ahora anula el Tribunal Constitucional, y que cuenta con el voto particular de varios magistrados, ya fue cuestionado también hace unos meses por el ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, quien anunció su compromiso de impulsar una ley "única y nacional" que modificara esa vinculación que tenía el juez a lo que dijera la fiscalía. Se trata de una situación de dependencia no se produce en ninguna otra jurisdicción.

Aragón es la única comunidad que tiene establecida la custodia compartida como opcion preferente en caso se separación o divorcio. Y en el caso de Cataluña, con derecho civil propio, el informe del fiscal no vincula al juez.


Fuente:

Granada por la Custodia Compartida Ya.

Anibal Moreno.
Presidente.

cuspargra@hotmail.com
www.custodiacompartidaya.com 
www.26-4.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario